
I. INTRODUCCIÓN
El trabajo que a continuación se expone es una aproximación descriptiva, analítica y comparativa del Estado suizo y del Estado mexicano, en lo que concierne a sus formas de Estado, sus categorías o tipologías, así como las características constitutivas de sus respectivos territorios, modo de organización del Estado, las características principales de su población y gobiernos.
Para el propósito de este trabajo se ha planteado el problema de investigación a partir de la siguiente pregunta: ¿Qué elementos dan forma a los Estados de Suiza y México y cuáles son sus características principales? Dicha pregunta orienta la investigación para recopilar los elementos posibles de encontrar en un formato breve de ensayo, mismos que ayudarán a dar respuesta a la pregunta y concluir oportunamente con las características más similares y disímiles de ambos casos de estudio.
La hipótesis inicial que este ensayo plantea es que los elementos tales como las características geográficas, geopolíticas, demográficas, así como las características de la organización territorial interna y del aparato burocrático de las poblaciones de ambas naciones dan lugar a organizar las distintas formas de Estado que han dotado de viabilidad a la conformación y permanencia de los Estados suizo y mexicano; de tal manera que, el presente trabajo busca proponer al lector una vista general de los tipos de Estado de ambos casos de estudio para su posterior análisis en otros ensayos relacionados a los ámbitos de las formas de gobierno, la evolución histórica y la identificación de las aspiraciones, intereses y objetivos nacionales.
II. DESARROLLO
- Geografía, geopolítica y demografía
La geografía como ciencia que estudia la relación entre los elementos del medio ambiente, la ecología y la intervención de las sociedades en las zonas terrestres específicas donde interactuan, también se relaciona íntimamente con la geopolítica que es la disciplina de estudio dedicada a atender los fenómenos derivados de las relaciones de fuerza y poder dados en determinados territorios y su relación con otros.
Al respecto de esta relación entre la geografía y geopolítica se puede entender lo siguiente.
“La geopolítica actualmente es una forma de razonamiento útil para la comprensión del mundo contemporáneo a través del estudio de las relaciones de fuerza sobre los territorios. Y que nunca puede haber una geopolítica sin geografía. La geopolítica hace del conflicto el centro de su interés, pero sus representaciones deben estar ligadas siempre al territorio.“
(Ribera Carbó, 2011).
Por lo que corresponde al ámbito del Estado, para su análisis se hace necesario el auxilio de la geografía y geopolítica, para entender la relación de fuerzas sobre determinados territorios, por el devenir histórico de sus sociedades, la manera en cómo han comprendido y dotado de significado su permanencia en el medio ambiente que les rodea y la forma en la que se han apropiado e identificado con el, de tal suerte que se han dado así mismas una manera de organizarse para su subsistencia y permanencia. A esto es lo que podemos delinear como la parte primaria de la constitución de una forma de Estado, objeto de estudio de este ensayo.
- Características geográficas, geopolíticas y demográficas de Suiza

El Estado suizo pertenece al continente europeo, ubicándose entre los países vecinos de Francia, Alemania, Liechtenstein, Austria e Italia. Su posición lo ubica entre algunos de los países más ricos y poblados de la Unión Europea con más de 41, 285 Km2, de los cuáles poco más del 58% son tierras montañosas, entre estas se encuentran los Alpes. Suiza cuenta con grandes extensiones de bosques (30%) y más de 1,280 Km2 de superficies de lagos (Ficha País. Suiza, 2019), mismos que son alimentados por los ríos que se originan en las altas montañas, los cuales son el río Rin y el río Eno, afluente del Danubio. El Estado de Suiza no cuenta con salida al mar.
Suiza cuenta con una población de apenas 8´550,540 habitantes, es una nación multicultural con cuatro las lenguas oficiales (el alemán hablado por el 30% de la población, francés hablado por el 23%, italiano por el 8% y romanche con apenas el 0.5%). Las religiones principales practicadas por la población suiza son la religión católica con el 36.5%, la religión protestante con 24.4%, otras denominaciones cristianas con el 7.5%, musulmana por el 5.2%, un 0.3% judía y el 25% declara no sostener confesión religiosa alguna (Ficha País. Suiza, 2019).
- Características geográficas, geopolíticas y demográficas de México

El territorio del Estado mexicano se ubica en el continente americano, entre las regiones de Norteamérica y Centroamérica, colindando al norte con los Estados Unidos de América, la primera potencia mundial en diversos ámbitos, entre ellos el económico y militar. En la frontera sur México colinda con Guatemala y Belice; el primero es un país en vías de desarrollo con grandes brechas de desigualdad, altos índices de pobreza y criminalidad; en cambio el segundo, Belice es uno de los países que cuenta con índices de desarrollo humano altos y que tiene una de las poblaciones más diversas y heterogéneas del continente.
México cuenta con un territorio de 1´964,375 Km2 y más de 3 millones de kilómetros cuadrados de mares, teniendo costas en los dos océanos y cuencas comerciales marítimas más importantes del mundo, la del océano Pacífico y el océano Atlántico en el Golfo de México (Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad, s.f.), y con una población total estimada en 125´959,205 de mexicanos, de los cuales el 92% habla el idioma español, el 5.7% habla español y alguna lengua indígena y sólo el 0.8% habla una lengua indígena. El 82.7% de los mexicanos practica la religión católica y 8% son practicantes de alguna otra denominación cristiana. La población en territorio mexicano es mayoritariamente mestiza (62%), mientras que una proporción amplia son indígenas o de origen indígena (28%), y tan solo hay una minoría de 10% de origen europeo u otro (Central Intelligence Agency, 2019).
- Formas de Estado
Para hablar de las formas de Estado, que sin duda alguna es un laberinto de teorías, corrientes y escuelas de pensamiento, antes es necesario definir como categoría de análisis qué es el Estado, lo cuál también conlleva a investigar, si se desea hacerlo de forma exhaustiva o no, las distintas concepciones que a lo largo de la historia del pensamiento político y la filosofía política se han dado. Sin embargo para los objetivos del presente ensayo se enuncia la definición que la doctrina militar de México ha establecido por el concepto de Estado: “es la población que ocupa un territorio y se ha organizado social, política y jurídicamente para darse un gobierno soberano, que le permita alcanzar sus objetivos“ (CODENAL, CESNAV, 2018).
En materia del Derecho Comparado, autores especializados en lo referente al Estado han definido a este como el conjunto de elementos que de manera integral dan forma a una comunidad que se dota a sí misma de determinados fines u objetivos plasmados en una norma fundamental. Al respecto Giuseppe Vergottini define el concepto de Estado de la siguiente manera.
“Estado es el conjunto de elementos que caracterizan globalmente a un ordenamiento referido en particular a las finalidades planteadas como objetivos de acción de los órganos constitucionales. Empero caen dentro de su ámbito también los consiguientes criterios relativos a la disciplina del Estado-comunidad, al papel del individuo y de los grupos y de los relativos al Estado-aparato y sus modalidades de intervención.“
(Vergottini, 2004, pp. 89-90).
Lo que se comprende del concepto de Vergottini es que un Estado es su ordenamiento, norma fundamental o constitución, mismo que contiene varios elementos, que de forma armónica estipulan los objetivos que deben alcanzar los órganos o entidades emanadas de dicha constitución, es decir las entidades del Estado que se encargan de conducir las acciones para alcanzar los fines últimos que un pueblo se ha dado a sí mismo a través de su norma fundamental.
De lo anterior podemos concluir parcialmente que, la población de un determinado territorio, en el cual es vigente un ordenamiento en forma de norma fundamental o constitución, que se ha dado a sí misma para plasmar ahí sus anhelos más profundos, a manera de objetivos generales que mandatan a las instituciones que gestionan el poder y los recursos para lograrlos, es lo que constituye un Estado. Por esa razón se afirma que los elementos constitutivos de un Estado son la población, el territorio y el poder.
- Organización territorial y política del Estado suizo

El Estado de Suiza es uno del tipo federal con tres entidades político y administrativas: la Confederación, los cantones, semicantones y los municipios. La Confederación es la forma federada en la cual los 20 cantones se han organizado en un pacto del tipo federal, incluyendo a los seis semicantones existentes en Suiza y a los municipios que también son usualmente denominados “comunas” y que son 2,212 en total.
La Constitución Federal de la Confederación Suiza que data del 18 de abril 1999 es la más reciente promulgación de su norma fundamental, misma que establece que la forma del Estado es federal con una democracia parlamentaria con instrumentos de democracia directa e indirecta. También especifica los ámbitos de las competencias de la Confederación de la siguiente forma.
“La Confederación es quien vela por la seguridad interior y exterior del país, avala las Constituciones cantonales y mantiene las correspondientes relaciones diplomáticas con estados extranjeros. También son de su competencia el régimen de aduanas, los servicios postales, el régimen monetario y la organización militar. Tanto los cantones como los municipios gozan de una amplia autonomía. Cada cantón tiene su propia constitución, sus propias leyes y su propio parlamento, así como sus propios tribunales judiciales. El federalismo helvético se asienta sobre la solidaridad entre los cantones y las distintas regiones del país.“
(Ficha País. Suiza, 2019).
El Estado de Suiza se organiza en en una división del poder en los ámbitos: ejecutivo, legislativo y judicial. El Ejecutivo se integra por un Gobierno colegial que es el Consejo Federal. Este se compone de siete ministros o Consejeros Federales que son elegidos de forma individual por los miembros del Parlamento. Los ministros o Consejeros Federales dirigen los Departamentos Federales (Ministerios). La Presidencia de la Confederación Suiza recae en uno de los consejeros a efectos exclusivamente protocolarios, dicha calidad es del tipo de primus inter pares, es decir, no tiene preeminencia sobre sus pares del consejo y es de carácter rotatoria, por lo que quienes la ocupan, lo hacen exclusivamente por un período de un año.
Las Fuerzas Armadas Suizas son una estructura del tipo milicias, ya que los soldados permanentes y profesionales son tan solo el 5%, mientras que el resto son ciudadanos de entre los 20 y 34 años de edad que se enlistan después de haber realizado su servicio militar obligatorio a los 19 años de edad (Embaja de Suiza, s.f.). Los ciudadanos son responsables de mantener sus equipos y armamamento en sus casas y deben estar disponibles cuando sean llamados a servir.
Las Fuerzas Armadas se conforman solo por un ejército y una fuerza aérea, pues no cuentan con una armada ya que Suiza no cuenta con salida al mar. Las Fuerzas Armadas se encuentran adscritas en el Departamento de Defensa, Protección a la Población y Deporte que es uno de los siete departamentos encabezados por cada uno de los integrantes del Consejo Federal, quienes son civiles. Este departamento tiene en su estructura un servicio de inteligencia civil, un Centro Nacional de Alarma y un Estado Mayor Conjunto bajo el cuál operan las dos fuerzas armadas.
El ámbito legislativo recae sobre el Parlamento suizo, mismo que se compone por dos cámaras, constituyendo un sistema bicameral. La Cámara Baja es de representación popular y es denominado el Consejo Nacional y cuenta con 200 diputados que son elegido por la población. La Cámara Alta que es de representación territorial de los cantones y semicantones lleva el nombre de Consejo de los Estados, y esta formado por 46 senadores (Ficha País. Suiza, 2019).
En lo que respecta al ámbito judicial del poder, este se constituye en el denominado Tribunal Federal, que es es el órgano del Estado “que tiene la función de tribunal constitucional únicamente para controlar la constitucionalidad de leyes y decisiones cantonales y ordenanzas federales que no son sujetas a una decisión legitimada por la democracia representativa y directa“ (Thalmann, 2003).
- Organización territorial y política del Estado mexicano

Los elementos esenciales del Estado mexicano nos indican las características fundamentales del ámbito político y jurídico de su forma o tipo. Los Estados Unidos Mexicanos que es el nombre que recibe la persona jurídica del Estado mexicano es del tipo federal y que queda plasmado en el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de la siguiente manera.
“Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental“
(Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2019).
Las partes integrantes de la Federación lo conforman los 32 Estados federados, los cuales son, Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Coahuila de Zaragoza, Colima, Chiapas, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas; así como la Ciudad de México que recientemente se constituyó en el año 2017 como la entidad federativa número 32 y sede de los Poderes de la Unión y Capital de los Estados Unidos Mexicanos.
En lo que concierne a la denominada división de poderes que establece la CPEUM en el artículo 49 constitucional que a la letra dice: “El Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial“ (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2019).
El poder Ejecutivo se deposita en un solo individuo, que se denomina Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, el cual es electo de manera directa por la población empadronada debidamente y que cumple con los requisitos de ciudadanía. En él recaen las responsabilidades y funciones de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno, pudiendo nombrar y designar a los Secretarios de Estado y fungir como Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas.
De la misma manera, en las funciones y responsabilidades del Presidente o titular del poder Ejecutivo están la de preservar la Seguridad Nacional y “disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación“ (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2019). Al respecto de la Fuerzas Armadas de la Federación, los siguientes artículos establecen las formas, los momentos y mecanismos bajo los cuales se rigen sus tareas y funciones dadas por la Constitución bajo la naturaleza del tipo de Estado federado que es México.
“Artículo 129. En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas.
Artículo 119. Los Poderes de la Unión tienen el deber de proteger a las entidades federativas contra toda invasión o violencia exterior. En cada caso de sublevación o transtorno interior, les prestarán igual protección, siempre que sean excitados por la Legislatura de la entidad federativa o por su Ejecutivo, si aquélla no estuviere reunida.“
(Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2019).
El poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso general, que se divide en dos Cámaras, una de diputados y otra de senadores, constituyendo así un sistema bicameral. La Cámara de Diputados la componen un total de 500 diputados, electos en su totalidad cada tres años. De estos, 300 diputados son electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados electos según el principio de representación proporcional, mediante el Sistema de Listas Regionales, votadas en circunscripciones plurinominales (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2019). La Cámara de Senadores o cámara alta está integrada 128 senadoras y senadores, los cuales representan a los Estados de la Federación.
El Poder Judicial de la Federación se deposita en un conjunto de órganos judiciales, siendo estos la Suprema Corte de Justicia, un Tribunal Federal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito.
Por último, cabe destacar como un elemento fundamental del Estado mexicano, su carácter laico, es decir su situación de secularidad bajo un esquema de laicidad positiva, característica que asume una neutralidad con respecto a los credos y creencias religiosas, garantizando la libertad de los individuos a ejercer la que cada uno desee, pero sin que el Estado asuma una preferencia de alguna, como lo específica el artículo 130: “El principio histórico de la separación del Estado y las iglesias orienta las normas contenidas en el presente artículo. Las iglesias y demás agrupaciones religiosas se sujetarán a la ley“. (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2019).
III. CONCLUSIÓN
Un Estado es una construcción jurídica y social cuyos ordenamientos, plasmados en una norma fundamental o constitución, contienen los elementos que establecen los objetivos fundamentales que una población desea alcanzar, que forman parte de sus anhelos, entre ellos, la forma en la que desean constituirse para organizarse, la manera en la que gestionarán el poder y cómo los individuos de esa sociedad se relacionarán con el poder constituido. Por lo que desde estos preceptos emanan las instituciones u órganos del Estado que administrarán los recursos y gestionarán el poder para el logro de los anhelos, aspiraciones, intereses y objetivos nacionales.
De todo lo anterior, y de lo descrito en los apartados de este ensayo es posible concluir que los elementos territoriales que constituyen la relación de fuerzas sociales con las características geográficas y geopolíticas dan forma al tipo de organización territorial del poder y de la administración, delineando el tipo o forma de Estado.
Los Estados mexicano y suizo comparten características similares, tales como la de ser tipos de Estado federales, con cierta autonomía de los estados que los constituyen y con el ámbito del municipio como la unidad territorial más inmediata a su población. Sus diferencias quedan patentes en la forma en la que han determinado la función del poder Ejecutivo, y de manera especial en lo que concierne a la seguridad nacional, la seguridad interior y las Fuerzas Armadas; en el caso mexicano están a cargo de un individuo, el Presidente que es elegido de manera directa por la población; mientras que en Suiza recaen sobre un Consejo Federal integrado por siete individuos que no son elegidos directamente por la población, sino a través de sus representantes en el Parlamento.
IV. REFERENCIAS
Central Intelligence Agency. (2 de Octubre de 2019). The World Factbook. Recuperado el Octubre de 2019, de Central Intelligence Agency: https://www.cia.gov/library/publications/the-world-factbook/geos/mx.html
CODENAL, CESNAV. (2018). Glosario de términos unificado. Ciudad de México: Colegio de Defensa Nacional y Centro de Estudios Superiores Navales.
Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad. (s.f.). Biodiversidad Mexicana. (C. N. Biodiversidad, Productor) Recuperado el Octubre de 2019, de Biodiversidad Mexicana: https://www.biodiversidad.gob.mx/mares/
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (9 de Agosto de 2019). Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. Recuperado el Octubre de 2019, de http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/1_090819.pdf
Ficha País. Suiza. (Septiembre de 2019). Oficina de Información Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Recuperado el Octubre de 2019, de Oficina de Información Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación: http://www.exteriores.gob.es/Documents/FichasPais/SUIZA_FICHA%20PAIS.pdf
Ribera Carbó, E. (29 de Agosto de 2011). Investigaciones geográficas. Geopolítica y Geografía. Cátedra de Geografía Humana Elisée Reclus. Ciudad de México, Ciudad de México, México. Recuperado el Octubre de 2019
Thalmann, U. (2003). Universitat Pompeu Fabra. Recuperado el Octubre de 2019, de Universitat Pompeu Fabra: https://www.upf.edu/documents/3737713/3741738/doc_sostres_ch_es.pdf/7670b5ce-ad72-457f-91da-58b77c15cf08
Vergottini, d. G. (2004). Derecho constitucional comparado. (R. R. Márquez, Ed.) Ciudad de México, México: Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM.
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